C5. Nómina básica electrónica

Envío vacaciones consolidadas – Nómina básica

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Para cumplir con la normatividad colombiana se ha implementado el cálculo de las vacaciones consolidadas en la nómina electrónica Pyme, permitiendo que puedas enviar las vacaciones consolidadas al final del año y así la empresa logre generar el descuento en impuesto de renta.

¿Qué normatividad sustenta el reporte de las vacaciones consolidades en la nómina electrónica?

En los oficios No 912416 de 2021, 901476 de 2022 y 100202208-08 de 2022 se reitera que la razón de ser de la nómina electrónica es el soportar los costos, deducciones en el impuesto sobre la renta e impuestos descontables en el IVA por parte de los contribuyentes de renta. Para los obligados a llevar contabilidad se reitera que está sujeto al pago o abono en cuenta en concordancia con lo establecido en los artículos 59 y 105 del estatuto tributario, por tanto, son los valores devengados los que deben incluirse en la nómina electrónica desde el momento en que se da el abono en cuenta o el pago por tales conceptos, lo que ocurra primero.

Las vacaciones al ser una retribución que se deriva de una relación laboral, legal o reglamentaria, se deben reportar como una obligación consolidada cuando surge el derecho a tomarlas como deducibles, aun cuando no se hayan pagado. Consolidación que ocurre de manera anual independientemente de las provisiones contables que se efectúan mensualmente. Puedes verlo en el siguiente link: Compilación Jurídica de la DIAN – Oficio 901476 de 2022 DIAN.

¿Qué cálculos se realizan en el sistema?

El primer cálculo realizado es el que corresponde al número de días pendientes de vacaciones, y el segundo realizado es valor de las vacaciones; estos se realizan de siguiente manera:

  • Toma del catálogo de empleados, sección períodos pendientes, allí colocas los períodos disfrutados, y el sistema genera la diferencia con la fecha de ingreso. 

Si el número de días es mayor a 15, se deja 15 como total de días (1 período).

  • Cálculo del valor a reportar

El sistema toma como base el sueldo del empleado. Valor de las vacaciones = base / 30 * número de días calculados. El valor que resulte es el que será reportado.

¿Qué cambios podrás notar en la presentación de la Nómina electrónica?

En la grilla de envío de nómina electrónica, el valor de las vacaciones consolidadas se muestra en la columna de ingresos.

En el informe de nómina electrónica, el valor se muestra como ingreso. Si no hay concepto de nómina asociado al concepto 21 de la DIAN, no se muestra en la descripción, pero si existe el concepto se mostraría.

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2 Comments
  • SANDRA CARO says:

    Buen dia,

    Si en diciembre envie consolidado de vacaciones totales pero adicional en esa NE envie el pago real de las vacaciones disfrutadas del empleado esta bien o esta doble? y ahora en enero reporto el restante de vacaciones disfrutadas en la NE de este mes

    23 enero, 2024 at 9:34 am
    • Alexandra Garcia says:

      Hola Sandra, Verifica directamente con la norma, en diciembre se enviaron las vacaciones consolidadas y las efectivamente pagadas. El envío para este año sigue siendo un tema contable que puedes confirmar con la página de la Dian.

      23 enero, 2024 at 10:42 am