c1. Facturación electrónica desde POS

Manejo impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas POS – Cajero

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El impuesto al consumo de Bolsas Plásticas es adicionado por la ley 1819 de 2016 en el artículo 207, el cual modifica el Estatuto tributario con el Artículo 512-15, el cual aplica a partir del 1.º de julio de 2017.

Las bolsas generarían tanto el IVA como el INC (Impuesto al consumo) Así mismo, cuando la persona natural o jurídica del régimen común del IVA decida entregar las bolsas a título oneroso (es decir, vendiéndolas), se entendería que deberá incluir el IVA (con la tarifa del 19%) y el Impuesto al consumo(con la tarifa fija en pesos ya mencionada) al precio de venta fijado para cada bolsa. Por tanto, habrá que tener mucho cuidado en estas situaciones, pues tampoco sería válido estipular un precio de venta de cero pesos a fin de no responder por el IVA y solo cobrar el Impuesto al consumo, ya que, como establece el artículo 463 del Estatuto Tributario, el IVA siempre debe generarse sobre una “base mínima”, la cual no puede ser inferior al “valor comercial” de los bienes o servicios. De igual manera, el artículo 421 literal a) del Estatuto Tributario establece que el IVA debe generarse incluso en los casos de transferencia a título gratuito de los bienes corporales muebles. En consecuencia, podría entenderse que, aun si las bolsas se entregan a título gratuito, el responsable deberá generar el IVA sobre el “valor comercial” de la bolsa, además de responder por el recaudo del respectivo Impuesto al consumo. Si lo anterior es válido y, por ejemplo, una sola bolsa puede tener un valor comercial de $10, entonces el responsable del régimen común que la entregue a título oneroso cobraría lo siguiente: precio de venta ($10) +IVA (10*19%) + Impuesto al consumo ($20) = $31.9. Pero si la entrega a título gratuito cobraría lo siguiente: precio de venta (0) + IVA (10*19%) + Impuesto al consumo ($20) = $21,9.  

La tarifa del impuesto será la de la siguiente tabla:

Año   Tarifa en pesos por bolsa

2018   $30

2019   $40

2020   $50

2021   $51

2022   $53

2023    $60

El impuesto se causará al momento de la entrega de la bolsa. En todos los casos, en la factura de venta o documento equivalente deberá constar expresamente el número de bolsas y el valor del impuesto causado.

La tarifa de las bolsas plásticas que ofrezcan soluciones ambientales será del 0%, 25%, 50% o 75% del valor pleno de la tarifa, según el nivel (de 1 a 4) de impacto al medio ambiente y la salud pública, definido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con base en la reglamentación que establezca el Gobierno nacional.

Parámetros que debes tener en cuenta:

1. En Siigo Pyme 

  • Debes incluir la marcación de manejo de Impoconsumo previamente en el registro de control Ruta: Parametrización – Registro de control.

  • Crea en Siigo Pyme el producto de las Bolsas Plásticas al cual le debes asignar tarifa de IVA e incluir el parámetro del Impoconsumo Ruta: Inventarios – Catálogos – Apertura de Productos.

  • Si manejas cajero distribuido debes hacer envía desde tu Siigo Pyme y hacer recibe en el Cajero.

2. En Cajero o Punto de Caja distribuido

  • Desde Cajero ingresa a los parámetros de la Factura por la ruta: Administración de Punto de Venta – parametrización – parametrización de Cajas – Documentos.

Allí escoges el tipo de documento F, repasas la información hasta llegar al campo de cargos.

  • Asigna la cuenta de IVA: en esta cuenta se contabilizará el IVA del producto que se vende.
  • Selecciona la opción Cargos y crea un nuevo Cargo de IVA para la Bolsa Plástica.
  • Asigna la cuenta de impuesto al consumo.
  • Cuando realizas la elaboración de la factura, al incluir el producto que creaste para la venta de las Bolsas Plásticas te mostrara el valor del impuesto al consumo.

En la impresión de la factura de cajero encontrarás discriminado el valor del impuesto al consumo.

¿Cómo es el manejo si no desea cobrar la Bolsa Plástica “Precio de Venta 0”, pero sí generar los impuestos de IVA y de Impoconsumo?

Cuando realizas la elaboración de la factura, al incluir el producto que creaste para la venta de las Bolsas Plásticas, incluyes solo la cantidad sin valor de precio de venta, pero debes incluir el valor de IVA manualmente, ya que al no tener precio de venta no hay base para que se genere el IVA de forma automática.

Debes incluir el valor del IVA de la bolsa plástica manualmente.

En la impresión de tu factura no te mostrara el ítem de la bolsa porque se obsequia, pero si identificaras los impuestos generados.

Importante: cuando la persona natural o jurídica del régimen común del IVA decida entregar las bolsas a título oneroso (vendiéndolas), deberá incluir el IVA (19%) y el impuesto nacional al consumo al precio de venta fijado para cada bolsa. Por lo tanto, habrá que tener cuidado en estas situaciones, ya que no sería válido estipular un precio de venta de $0 con el fin de no responder por el IVA y solo cobrar el Impuesto al consumo, porque, como establece el artículo 463 del Estatuto Tributario, el IVA siempre debe generarse sobre una “base mínima”, la cual no puede ser inferior al “valor comercial” de los bienes o servicios. De igual manera, el artículo 421 literal a) del Estatuto Tributario establece que el IVA debe generarse incluso en los casos de transferencia a título gratuito de los bienes corporales muebles.

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2 Comments
  • Lisseth Mendoza says:

    En siigo pyme, en el modulo de Facturación electrónica NO permite facturar el impuesto al consumo por Bolsas plásticas?
    Necesito hacer una factura incluyendo este valor, pero no me deja enviar, salen errore

    7 octubre, 2022 at 8:45 am
    • Alexandra Garcia says:

      Hola Lisseth, verifica en la parametrización del producto, creado como producto la bolsa y marcado que es el impuesto al consumo, si todo es correcto y te sigue generando el error, por favor en call center pueden verificar cuál es el inconveniente y ayudarte a solucionarlo.

      7 octubre, 2022 at 8:50 am