c1. Facturación electrónica desde POS

Preguntas frecuentes facturación electrónica POS

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1. ¿Cuáles son los soportes normativos de facturación electrónica desde POS?

De acuerdo con la Resolución 000165 del 1 de noviembre de 2023, se establece un calendario claro para la implementación del documento equivalente electrónico, específicamente para el tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S. Este proceso se llevará a cabo en tres grupos, cada uno con fechas específicas, según la calidad del contribuyente de renta y complementarios.

Para tu tranquilidad, tu sistema de Cajero – POS, cuenta con la posibilidad de habilitar facturación electrónica para el envío de las facturas de venta generadas desde el POS. Para configurarlo puedes seguir los pasos que se te indican en el instructivo, Facturación electrónica desde el POS – Cajero.

2. ¿Cambia el control de las 5 UVT para facturar electrónicamente desde POS?

Sí, la obligatoriedad del POS con facturación electrónica establecida en la Resolución 000165 elimina el límite de las 5 UVT. Según la información disponible, a partir del 1 de febrero de 2024, la Resolución 000165 anula la Resolución 000042 de 2020 y regula todo el proceso de facturación electrónica, incluyendo el cambio de tiquete POS de máquina registradora por Documento equivalente electrónico con el nombre de POS Electrónico, eliminando así la limitación de las 5 UVT para su emisión. Esto significa que, al expedirse electrónicamente, los contribuyentes ya no deben seguir con el tope de las 5 UVT reglamentado anteriormente.

Este cambio en el control de UVT iniciará de acuerdo con el calendario de implementación.

3. ¿Cuáles son las fechas de implementación de la facturación electrónica desde POS?

La DIAN estableció un calendario para la generación y transmisión de facturas electrónicas desde POS

4. ¿Qué tipo de resolución debo solicitar para facturar electrónica desde POS – Cajero?

Para facturar electrónicamente desde tu POS o Cajero, debes generar la solicitud ante la DIAN como Facturación electrónica de Venta y asociarla en tu POS

5. ¿La Resolución 000165 de 2023, aplicable al grupo 2 de declarantes de renta que comienza el 01 de junio de 2024, también incluye a las personas naturales y a los profesionales declarantes?

La Resolución 000165 de la DIAN en Colombia, que entra en vigor para el grupo 2 de declarantes de renta a partir del 1 de junio de 2024, aplica a los declarantes del Impuesto sobre la Renta que no tengan la calidad de Grandes Contribuyentes. Esto incluiría tanto a personas naturales como a profesionales que estén obligados a declarar renta y no sean clasificados como Grandes Contribuyentes.

6. ¿En qué condiciones y topes de valor se puede utilizar la figura de ‘Consumidor final’?

La figura de ‘Consumidor final’ en la facturación electrónica se puede utilizar cuando el cliente no se identifica, es decir, no suministra su nombre, ni su cédula o NIT. En este caso, se registra la frase ‘consumidor final’ y se utiliza el número de identificación 222222222222. La normativa no establece un monto límite específico para emitir una factura electrónica bajo la figura de ‘Consumidor final’, por lo que se asume que puede ser por cualquier valor.

7. ¿Cuáles son las diferencias entre Documento equivalente electrónico y facturación electrónica desde POS?

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